El pago por domiciliación de los recibos del IBI URBANA y BICES se hará en tres plazos
A partir del 2010, los recibos domiciliados del IBI URBANA y BICES se cobrarán en tres plazos, en lugar de dos como hasta ahora, para facilitar el pago del impuesto.
El OAGRTL ha aprobado, en el Consejo de Administración del 5 de octubre de 2009, modificaciones en su Ordenanza General con el objetivo de favorecer el pago de impuestos, consciente de la difícil situación económica que padecen muchos contribuyentes.
Concretamente, el artículo 46.6 de la Ordenanza General preveía hasta ahora que el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) urbano se efectuara en dos plazos o fraccionamientos (a principios de junio ya principios de noviembre).
Con la modificación aprobada, a partir del 2010, los recibos domiciliados del IBI Urbana y del IBI Características especiales (BICES) se cobrarán en tres fracciones, en lugar de dos como hasta ahora, sin que suponga ningún coste adicional para el contribuyente.
Las fechas previstas de cargo de cada plazo o fracción son: