Nuevas condiciones para conceder prórrogas, aplazamientos y fraccionamientos del pago
Con el fin de hacer las condiciones más favorables para los contribuyentes y favorecer el pago de las deudas tributarias.
Cuando la situación económico-financiera del interesado le imposibilite, transitoriamente, efectuar el pago de sus deudas, tanto si se encuentran en periodo voluntario como en ejecutiva, la ley prevé la posibilidad de que se pueda solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
El plazo habitual de aplazamiento o fraccionamiento es de 6 meses, aunque se puede ampliar en determinados casos.
Se puede consultar la explicación y las condiciones para solicitar un aplazamiento o un fraccionamiento haciendo click aquí.
El OAGRTL tiene regulado en su Ordenanza fiscal general un caso especial de aplazamiento del pago de tres meses llamado prórroga. Solamente se puede solicitar en determinados casos. Ver la condiciones haciendo click aquí.