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Solicitud de prórroga en el pago


Recaudación

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana (Plusvalía)

Prórroga en el pago de liquidaciones de ingreso directo

 

Es la concesión de un nuevo plazo para hacer efectivo el pago de las liquidaciones de ingreso directo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) - Urbana o del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía).
 
El plazo de la prórroga es de 3 meses contados desde el día siguiente de la finalización del periodo voluntario de pago.
 
La prórroga de liquidaciones de ingresos directo no devenga intereses de demora. No hay que aportar garantía de la deuda a prorrogar.
 
 
Requisitos:
 
1. Se tiene que tratar de liquidaciones de ingreso directo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) - Urbana o del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía):
 
a) En el caso del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) - Urbana, se debe haber liquidado dos o más ejercicios a una misma persona por un mismo inmueble. No se pueden conceder prórrogas en el pago de recibos incluídos en el padrón anual del IBI.
 
b) En el caso del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía), se puede pedir una prórroga aunque sólo se haya recibido una liquidación de ingresos directo.
 
2. Se tiene que solicitar mientras las liquidaciones de ingreso directo están en periodo de pago en voluntaria.
 
3. El importe global tiene que ser superior a 600€.
 
 
Regulación:
Artículo 65.4 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de los Ingresos de Derecho Público Locales y otros entes, cuya gestión ha sido delegada en el OAGRTL de la Diputació de Lleida.

 

Quién lo puede solicitar:
 
El interesado, siempre que se cumplan los requisitos arriba indicados.
 
 
Cuándo se puede solicitar:
 
Se tiene que presentar la solicitud de prórroga antes de la finalización del plazo de pago en periodo voluntario.
 
 
Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud:
 
- Fotocopia del DNI del interesado.
 
- Fotocopia o indicación de las liquidaciones que se quieren prorrogar.
 
 
Dónde y cómo se puede solicitar:
 
POR CORREO:
Enviando la solicitud de concesión de prórroga, junto con la documentación, a cualquiera de las oficinas del OAGRTL.
 
PRESENCIALMENTE:
Por comparecencia en las dependencias de atención al contribuyente de cualquiera de las oficinas del OAGRTL, aportando toda la documentación necesaria.
 
Consultar la red de oficinas.

F01-PR7-S17 Solicitud Prórroga - Versió 2 Castellà.pdf — PDF document, 29Kb





Acciones de Documento

OAGRTL: Organisme Autònom de Gestió i Recaptació de Tributs Locals de la Diputació de Lleida
Rambla Ferran 18, 25007 Lleida Tel. 973 230 401