Tipos de interés legal y de demora
EJERCICIO 2011:
Interés legal:
Es del 4%, de acuerdo con la disposición adicional 17a de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011.
Interés de demora:
Es del 5%, de acuerdo con la disposición adicional 17a de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011.
EJERCICIO 2010:
Interés legal:
Es del 4%, de acuerdo con la disposición adicional 18a de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
Interés de demora:
Es del 5%, de acuerdo con la disposición adicional 18a de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
EJERCICIO 2009:
Interés legal:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo: el interés legal es del 5,5% de acuerdo con lo que se establece en la disposición adicional 27 de la Ley 15/2008, de 23 de diciembre (BOE 24/12/2008).
Desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre: el interés de legal es del 4% de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.
Interés de demora:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo: el interés de demora es del 7% de acuerdo con lo que se establece en la disposición adicional 27 de la Ley 15/2008, de 23 de diciembre (BOE 24/12/2008).
Desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre: el interés de demora es del 5% de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.

